El Congreso saca adelante la penalización de las terapias de conversión con el apoyo del Grupo Vasco

Con la aprobación de la Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal las prácticas de conversión se elevan de la sanción administrativa al ámbito penal para proteger la integridad moral de las personas afectadas

El Congreso saca adelante la penalización de las terapias de conversión con el apoyo del Grupo Vasco 25Junio
25 Junio |
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El Grupo Vasco ha apoyado en el último pleno de este periodo de sesiones la Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género. Con esta modificación, estas prácticas pasan de ser sancionadas en el ámbito administrativo a ser tipificadas en el Código Penal en un nuevo artículo que incluye multa de 8 a 24 meses y prisión de seis meses a dos años.

“Las terapias de conversión parten de una premisa incompatible con la dignidad humana: que la orientación sexual o la identidad de género de una persona constituyen una desviación que debe ser corregida. El daño no reside únicamente en los métodos empleados, sino en el propio mensaje que transmiten. Decirle a una persona que debe cambiar quién es para ser aceptada supone una profunda lesión de su integridad moral”, ha explicado la portavoz del Grupo Vasco, Maribel Vaquero, durante su intervención en el pleno.

“La integridad moral protege a la persona frente a actuaciones que humillan, cosifican o menoscaban gravemente su autoestima y dignidad. La jurisprudencia ha entendido que este derecho no solo ampara el cuerpo, sino también la esfera psicológica y emocional de la persona”, ha añadido tras apuntar que esta es una petición reclamada por las víctimas y las asociaciones que las representan.

Además, ha explicado que el ordenamiento jurídico reconoce desde hace tiempo que el consentimiento no legitima cualquier actuación sobre la persona”, existiendo límites “cuando están en juego derechos fundamentales, especialmente en contextos de vulnerabilidad, dependencia emocional, presión familiar o influencia religiosa”. El objetivo es  “castigar los actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos de conversión, ya sean psicológicos, físicos, farmacológicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a modificar o negar la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género cuando afecten a la salud física o mental de la persona o supongan un menoscabo grave de su integridad moral”.

Vaquero también ha querido dejar claro que “penalizar las terapias de conversión no significa imponer una determinada visión ideológica de la sexualidad” sino “afirmar que ninguna persona debe ser sometida a procedimientos dirigidos a anular una parte esencial de su identidad”.

 

 

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