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20Noviembre
2009
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Autogobierno para mejorar las condiciones de vida de las personas

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Noviembre 20 | 2009 |
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Tras el fracaso de la Ponencia de Autogobierno en la pasada legislatura, a lo largo del mes de octubre se ha previsualizado la existencia de un acuerdo entre UPN y PSN-PSOE para acometer una reforma "ajustada y limitada", en palabras de Miguel Sanz, de la LORAFNA, lo cual supondría la segunda modificación del Amejoramiento en sus 27 años de vida (después de la reforma, también específica, que dio como fruto la L.O. 1/2001 que, como se recordará, modificó el sistema de elección del presidente del Gobierno navarro, facultándole, con algunas restricciones, para disolver el Parlamento y convocar nuevas elecciones). Dicha reforma estaría restringida a aspectos meramente técnicos, de los que el más importante sería permitir que, cuando se produzca un adelanto electoral, se pueda abrir una legislatura de cuatro años y no se complete la anterior, como ocurre ahora. Los demás aspectos a incluir en esa hipotética reforma y que han sido explicitados por los líderes de UPN y del PSN se referirían al reconocimiento de algunas instituciones como el Defensor del Pueblo y el Consejo de Navarra, la clarificación de las funciones de la Cámara de Comptos, la regulación de la presencia de Navarra en las instituciones europeas y la actualización del lenguaje en materia de género. Por otra parte, que no es un proyecto sin más lo avala el hecho de que tanto el Gobierno de Navarra como el Gobierno central hayan nombrado a sus representantes en la Comisión Negociadora de dicha reforma, entre ellos, de una parte, varios consejeros, y de la otra, el ministro Chaves.

Los planteamientos que subyacen en los contenidos de esa reforma, ciertamente menor, parten de una visión de la foralidad navarra como prácticamente estática, incapaz de avanzar en el autogobierno e igualmente inhabilitada para adaptarse a los tiempos. Independientemente de que muchas comunidades autónomas hayan tomado la delantera a Navarra al introducir algunos apartados de necesaria adecuación a la modernidad en la reforma de sus estatutos de autonomía en los últimos años, es evidente que la Navarra de 2009 tiene poco que ver con la de finales de los setenta. El diseño político-institucional de entonces está claramente superado, siendo urgente la confección de un nuevo marco que modifique algunos aspectos y que integre otros nuevos.

Para EAJ/PNV de Navarra resulta preocupante ese plan de actuación estaticista y de mínimos. A pesar del arrinconamiento de que EAJ/PNV fue objeto, al igual que todo el nacionalismo vasco, en la negociación de la LORAFNA hace tres décadas, realizada exclusivamente por UCD, PSN y UPN, nuestra inquietud está avalada por el hecho de que fue EAJ/PNV la formación que impulsó el reconocimiento de los Derechos Históricos vasconavarros en la Disposición Adicional Primera y en la Disposición Derogatoria Segunda de la Constitución de 1978, piedra basal de dicha ley orgánica.  

De hecho, los planteamientos de EAJ/PNV de Navarra superan amplísimamente el esquema de mínimos pactado por UPN y PSN. Siendo en gran medida aquéllos concurrentes con los de la coalición Nafarroa Bai, coalición en la que EAJ/PNV de Navarra está integrada, desde esta formación siempre se ha entendido que debe ser el Parlamento navarro, y no el Gobierno, quien debe impulsar un nuevo pacto político con el Estado que, concertado entre todos los partidos, sin exclusiones de ningún tipo, y sometido a referéndum, dote a Navarra de los máximos niveles de autogobierno. En la propuesta de reforma de la LORAFNA que EAJ/PNV presentó en 2007 ya se habló del encaje de Navarra en el Estado mediante un esquema de institucionalización compartida, asentado en un régimen de garantías jurídicas basado en los principios de lealtad institucional recíproca, cooperación y equilibrio entre poderes, así como de un desarrollo máximo de las facultades y competencias de Navarra acorde con aquel esquema. Además de otras cuestiones, también se mencionó el derecho de la ciudadanía a ser consultada para decidir su propio futuro en el plano políticoinstitucional; la constitución de un poder judicial propio en el que se agoten todas las instancias judiciales, sin perjuicio de un posible recurso de casación de unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo; y la participación activa y directa en las instituciones de la UE del gobierno navarro en los temas que afectaran a su marco competencial. Respecto a la reforma ulterior del régimen de autogobierno navarro, el Parlamento navarro quedaba también habilitado como hipotético agente impulsor de la misma, debiendo ser la propuesta aprobada por la mayoría absoluta del Parlamento Foral y abriéndose posteriormente un proceso de negociación entre las instituciones navarras y las estatales. 

Por último, queremos subrayar que, además de cuestiones relativas al despliegue del autogobierno, la reforma de la LORAFNA debería introducir, de forma similar a como han quedado reflejados en recientes reformas estatutarias, aspectos relativos a los derechos de la ciudadanía, algo propio de Estados descentralizados que enlaza con la lógica del constitucionalismo multinivel o en red. También esto quedaba consignado en la propuesta de EAJ/PNV de Navarra. El capitulo II de la misma, dedicado a los derechos de los ciudadanos y ciudadanas navarras recogía que los poderes públicos navarros deben de garantizar y tutelar el adecuado ejercicio de los derechos fundamentales, facilitando la participación de la ciudadanía en todos los planos, preservando la igualdad de hombres y mujeres e impulsando políticas para que la libertad y la igualdad de las personas y de los grupos sean efectivas y reales. Allí también se subrayaba que las instituciones debían potenciar políticas de fomento del bienestar individual y general y de un desarrollo económico justo y sostenible, desde un enfoque que considera al autogobierno como premisa básica para la mejora de las condiciones de vida.

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