El sistema diseñado para la composición del poder judicial tiene enormes déficits democráticos. Los miembros del llamado "gobierno de los jueces" son elegidos por un sistema mixto parlamentario-corporativo. Con un dato, los jueces y magistrados no someten sus programas a consideración de la ciudadanía al contrario de lo que ocurre con los otros poderes del Estado. De esta forma, por ejemplo, en el caso de la CAV nos encontramos con una mayoría judicial que, ideológicamente está en la antípoda de la inmensa mayoría de la ciudadanía de esta comunidad. El juez Juan Pablo González defiende el «debate en términos de estricto derecho», pero uno recuerda (aunque hayan pasado años) que lo que primero que se aprende el primer día de primero de Derecho es que la ley se interpreta. Si no fuese así, los jueces tendrían poco sentido. Pero, es que el Sr. González, además, pertenece a eso que llaman "mayoría conservadora" cuyas ideas aquí están en franca minoría.
El Estatuto de Gernika, aquel aprobado por las Cortes generales (en las que, por cierto, estaban los "padres de la Constitución"), refrendado por los ciudadanos a Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y sancionado por el rey tenía un artículo que contribuía al acercamiento de la Justicia española a los ciudadanos vascos. Aquello fue un espejismo que duró poco. En 1985, Fernando Ledesma, ministro de Justicia y juez él mismo gestó la Ley Orgánica del Poder Judicial que fue el primer gran zarpazo. Este señor llegó a declarar en su día que «el artículo 35.3 del Estatuto era inaplicable». El caso es que, de esta forma, se comenzaba a levantar un muro entre la mayoría nacionalista vasca y una justicia española concebida en el más rancio estilo jacobino (escuela nacional, gendarmería nacional militarizada y justicia nacional).
Con un marco judicial definitivamente impuesto, con jueces que, como ocurriera, por ejemplo en la Francia republicana, son ajenos al país, con declaraciones y artículos políticos de sus portavoces (en la COPE, tienen una sección fija, o casi) no hay forma de «normalizar las relaciones entre los poderes públicos». Eduardo Virgala, catedrático de Derecho constitucional, apela a «la defensa de la posición institucional de los órganos del Poder Judicial, sin que se vean cuestionados continuamente, es un deber de todo aquel que quiera que el Estado constitucional de Derecho exista también en Euskadi». Lógicamente, no cita a dos cuestiones básicas: que, como señala Juan José Linz ("Conflicto en Euskadi"), en Estado constitucional está aquí escasamente legitimado (la Constitución española solo fue aprobada por el 30 por ciento del censo de lo que hoy es la Comunidad Autónoma Vasca) y que, de forma pertinaz, con leyes como la LOPJ, se han cerrando fórmulas de legitimación más allá de la imposición. Yo me como las lentejas aunque no me gustan.
La legítima crítica del magistrado Juan Pablo González, se ilustran con una comparación que nos lleva a los tiempos de los GAL. Prefiero no calificarla. Sobre todo, porque, puestos a hacer memoria, podríamos equiparar al vocal conservador con jueces y fiscales heredados del franquismo, incluidos aquellos fulanos del Tribunal de Orden Público (alguno integrado en alguna de las primeras formaciones del Consejo), que nunca fueron depurados y a que quizá sean "unos de los suyos".
Desgraciadamente, hoy, la Justicia española en Euskadi tiene, para muchos, la misma credibilidad que para el alcalde Pacheco, de Jerez de la Frontera.