En el primer caso, las Cortes proponen dar un portazo en las narices al diálogo tildando, prematuramente, de inconstitucional una propuesta que no esconde su propósito; en el segundo caso, las Cortes abren sus puertas, colocan la alfombra roja y lucen los trajes de gala para presenciar una silenciosa pero drástica transformación de la Constitución Española: nada más y nada menos que la pérdida de soberanía en las materias de competencia exclusiva de la Unión: la unión aduanera; las normas sobre competencia; la política monetaria; la conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común; la política comercial común (artículo I-13). También prima el Tratado Constitucional sobre la Constitución Española en las competencias compartidas: el mercado interior; parte de la la política social; la cohesión económica, social y territorial; la agricultura y la pesca; el medio ambiente; la protección de los consumidores; los transportes y las redes transeuropeas; la energía; el espacio de libertad, seguridad y justicia; los asuntos comunes de seguridad en materia de salud pública (artículo I-14). La baja legitimidad que obtendrá este Tratado por la baja participación ciudadana en el referéndum no será obstáculo para considerar la legalidad de su ratificación, mientras que para la legalidad de la Propuesta del Parlamento Vasco se están pidiendo precios de legitimación por lo menos similares a los que obtuvo el Estatuto de Gernika. Parece medir las cosas con un doble rasero.
Y sin embargo, tanto la Propuesta de Estatuto como la Constitución Europea son parte del mismo proceso de reflexión estratégica en que están inmersos los Estados europeos contemporáneos. Independientemente de la opinión que se tenga sobre la Constitución Europea, con sus aspectos positivos y negativos, que los tiene, basta con echar un vistazo a los principios o valores rectores que inspiran la actuación institucional y el marco social y económico para comprender que no existe contradicción alguna entre la Propuesta y el Tratado Constitucional: desarrollo sostenible, igualdad efectiva entre hombres y mujeres, bienestar, solidaridad, equilibrio y cohesión territorial, democracia y protección de los derechos humanos. Esta reflexión estratégica sobre Europa no puede realizarse excluyendo a uno de los principales protagonistas como son las regiones constitucionales europeas y por ello cobra pleno sentido la participación directa en Europa que plantea, entre otras soluciones, la Propuesta.
Sin embargo, algunos líderes políticos están lanzando una idea falaz que a fuerza de repetición por parte de los medios de comunicación, corre el riesgo de convertirse en falso tópico: la presunta incompatibilidad de la Propuesta con el Tratado Constitucional. No es necesario recurrir a complicados argumentos para demostrar la falsedad de esta idea, que por otra parte, ya ha sido refutada, muy acertadamente, por la propia Comisión Europea al reiterar, como no podía ser de otra forma, que mientras no se produzca una redefinición de las fronteras entre varios Estados miembros, los asuntos sobre la organización interna de un Estado, sobre su nivel de descentralización o sobre su arquitectura y organización institucional competen a la esfera interna de dicho Estado y no son de la incumbencia de la UE.
Europa, por lo tanto, no podrá interferir en los asuntos domésticos de sus Estados miembros. Este principio de autonomía institucional o constitucional de los Estados miembros, procedente del Derecho Internacional Público, se recoge en el artículo I-5 del Tratado Constitucional: «La Unión respetará la igualdad de los Estados miembros ante la Constitución, así como su identidad nacional, inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales de éstos, también en lo referente a la autonomía local y regional». Pues bien, el paso de una situación como la autonómica actual a otra como la del estatus libremente asociado será respetado tanto por el Tratado cuando entre en vigor, si lo hace, como antes de su entrada en vigor, es decir como ahora mismo con los Tratados actuales (modificados por última vez con el Tratado de Niza). Y lo será precisamente por tratarse de la estructura constitucional fundamental de un Estado miembro y no afectar para nada a las fronteras actuales ni a la soberanía formal del Estado miembro en cuestión que es el Reino de España.
En realidad estamos asistiendo a una redefinición de Europa, a la luz de los procesos de globalización económica, cultural, securitaria, medioambiental y política. La Europa de los Estados que hemos conocido hasta el momento se está mostrando incapaz de afrontar los retos más serios que plantean estos procesos de globalización y deberá necesariamente dar paso a una Europa mucho más estructurada, a una especie de Estados Unidos de Europa. La Propuesta del Parlamento Vasco es perfectamente consciente de estos procesos y lo que propone es un modo de articulación especial del País Vasco en España y en Europa que en realidad beneficia a todos los actores implicados.